El Ayuntamiento de Los Barrios ha emitido un bando queda totalmente prohibido del uso del fuego desde el uno de junio hasta el 15 de octubre y en particular en actividades como la quema de vegetación natural, de residuos agrícolas y forestales.
Tampoco se podrá encender fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de acampada, aún estando habilitadas para ello.
Esta Orden de la consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía cuenta con algunas excepciones, relacionadas con el uso de calderas de destilación, hornos de carbón y piconeo, alojamientos turísticos, hoteles rurales y campamentos juveniles, pero requerirán autorización administrativa expresa y previa.
Este bando también refleja que las urbanizaciones, zonas de acampada e instalaciones o actividades situadas en terreno forestales o sus proximidades deberán contar con un Plan de Autoprotección, que se presentarán en este Ayuntamiento.
Es necesario también que los vecinos tengan presente que durante todas las épocas del año no esta permitido arrojar o abandonar cerillas, colillas, cigarros y objetos en combustión. Tampoco se podrá arrojar o abandonar sobre el terreno, papeles, plásticos, vidrios o cualquier tipo de residuo o basura y, en general, material combustible o susceptible de originar un incendio.
También están prohibidas las actividades relacionadas con el lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego o puedan provocarlo requerirán autorización expresa del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia.
Los ciudadanos también deben conocer que los emplazamientos de aparatos de soldadura, grupos electrógenos, motores o equipos fijos de explosión o eléctricos, además de los transformadores eléctricos deberán rodearse de un cortafuegos perimetral de una anchura mínima de 5 metros.
Con objeto de proteger a los vecinos, es necesario que los núcleos de población, edificaciones, instalaciones de carácter industrial y las urbanizaciones, cuenten con una faja de seguridad, libre de residuos, matorral y vegetación herbácea, pudiéndose mantener las formaciones arbóreas y arbustivas en la densidad que en su caso se determine en el correspondiente Plan de Autoprotección.
También es importante recordar que bajo las líneas eléctricas de baja y media tensión de propiedad particular deberá eliminarse la vegetación (ramas de árboles, matorral, pastizal) situada a una distancia inferior a 2 metros.
Estas normas no son aleatorias, sino que están dirigidas a reducir y evitar las actividades que producen incendios forestales, una lacra que cada verano afecta a miles de hectáreas forestales en Andalucía.
El alcalde ruega en el bando “la colaboración y responsabilidad de todos los vecinos para evitar que nuestro municipio se pueda ver afectado por los incendios”.
Verano es una época en la que aumenta el riesgo de incendios, provocando una situación de peligro en zonas urbanizadas y daños en los terrenos forestales. Por ello, quiero recoger en este bando una serie de normas básicas que de acuerdo con la legislación vigente, nos van a ayudar a prevenir riesgos innecesarios.
De acuerdo con la Orden de 21 de mayo de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, queda totalmente prohibido del uso del fuego desde el 1 DE JUNIO AL 15 DE OCTUBRE, y en particular para las siguientes actividades:
– Quema de vegetación natural.
– Quema de residuos agrícolas y forestales.
– Encender fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de acampada, aun estando habilitadas para ello.
junio de 2013.-
ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Jorge Romero Salazar.